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Nuevas normas sobre Control de dopaje
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- Publicado el 01 abril 2014
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Solo los deportistas, a los que la AEPSAD se lo solicite directamente, deberán cumplimentar y remitir los formularios que se adjuntan y que deben descargarse de la web de la AEPSAD (Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte).
Trimestralmente, los respectivos seleccionadores, antes del 15 de diciembre (Primer trimestre), 15 de marzo (Segundo Trimestre), 15 de junio (Tercer Trimestre), 15 de septiembre (Cuarto Trimestre), remitirán a la Dirección Técnica, a la Secretaría General, y a los propios interesados, la relación de deportistas que forman el grupo de la respectiva selección para el trimestre respectivo, con la composición de los equipos que formarán parte y los reservas.
- Declaración de localización y Proceso de control del dopaje.