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Ya disponible el censo electoral inicial para las elecciones a la Asamblea General de la FEDO 2024
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- Publicado el 10 agosto 2024
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La FEDO informa de la publicación del censo electoral inicial, correspondiente a las elecciones a su Asamblea General en 2024. En este sentido, el Reglamento Electoral de la FEDO 2024, aprobado por el Consejo Superior de Deportes y expuesto en el apartado “PROCESOS ELECTORALES” de la página web de la Federación, indica en su artículo 9 lo siguiente:
“El censo electoral inicial será expuesto públicamente de modo que sea fácilmente accesible a las personas o entidades electoras. El censo electoral inicial se difundirá, asimismo, a través de la página web oficial de la Federación en una sección específica rubricada “procesos electorales” que se encontrará permanentemente actualizada. De dicha exposición informará debidamente la Federación en las redes sociales donde tenga presencia con carácter activo y de forma regular, así como en sus entornos web. La difusión y publicación del censo se realizará durante un período de veinte días naturales, pudiéndose presentar reclamaciones al mismo durante dicho plazo, ante la Federación Española. Resueltas las reclamaciones presentadas frente al censo electoral inicial, el mismo pasará a considerarse como censo electoral provisional”.
Por todo ello, se fija como fecha de publicación del censo inicial en el apartado correspondiente de la sección de procesos electorales, el día 10 de agosto de 2024.
Acceso al censo
A partir de esta fecha, todos los federados y clubes podrán comprobar su adscripción en el estamento en que inicialmente le corresponde estar integrado en aplicación de lo expuesto en el artículo 8 del citado Reglamento electoral. La información al respecto, así como los criterios para realizar el censo, están disponibles en el apartado de la web, "Acceso Censo".
En el caso de los deportistas, deben ingresar con el DNI en el apartado correspondiente del archivo Censo Electoral Inicial. Si se está de acuerdo con la asignación al estamento que figura en esta pantalla se indicará afirmativamente en la casilla sí. De no estar de acuerdo se pulsará en la casilla no y se abrirá un desplegable en el que se indicará el estamento de elección, el correo electrónico y el motivo por el que desea o justifica su asignación a dicho estamento.
Se recuerda que, a tenor de lo indicado en el artículo 15, la solicitud de cambio únicamente se podrá realizar si en el momento de la convocatoria se tiene la licencia del correspondiente estamento y haberla tenido, al menos, durante el año o la temporada deportiva inmediatamente anterior. Igualmente, para su inclusión en el censo electoral inicial deberán acreditar la participación en competiciones o actividades deportivas oficiales del estamento correspondiente de ámbito estatal en el año de la convocatoria o en alguna de las temporadas deportivas transcurridas a partir de la fecha de la convocatoria del proceso electoral precedente, de acuerdo con el listado de actividades y competiciones establecido en el reglamento electoral de la Federación Española de Orientación.
Los clubs pueden acceder al censo en el mismo apartado, donde encontrarán el listado correspondiente y el enlace para hacer las reclamaciones que procedan.
Resueltas las reclamaciones presentadas frente al censo electoral inicial, el mismo pasará a considerarse como censo electoral provisional el día 1 de septiembre de 2024.
No obstante, y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 8 del reglamento, existe la posibilidad de solicitar, posteriormente, un cambio al censo electoral provisional ante la Junta Electoral en los 3 días siguientes a la publicación de este.